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Modifican la forma de calcular la indemnización por accidentes de trabajo y bajarán los pagos a los trabajadores
No se usará más la actualización por la tasa que pagan los bancos. Se reemplaza por el RIPTE, lo cual da un monto mucho menor.
El Gobierno modificó el modo en que se actualizan las indemnizaciones por accidentes laborales y los trabajadores verán sensiblemente reducidos los montos que cobrarán por ese concepto. En el Decreto 669/2019, publicado este lunes, el Ejecutivo invoca la necesidad de asegurar la continuidad del Sistema de Riesgos del Trabajo.
El cambio más importante que impone el decreto que modifica la Ley N° 24.557 es que desde ahora, el cálculo del «ingreso base» de los trabajadores, la cifra que se usa para determinar cuánto se le paga al trabajador accidentado en concepto de indemnización, se actualizará siguiendo la variación del índice de Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) y no por medio de la tasa activa de interés que pagan los bancos.
Esa modificación reducirá sensiblemente lo que se pagará por indemnizaciones por accidentes. Para tener una magnitud de la pérdida que significará para los trabajadores, basta con comparar la variación del índice salarial mencionado durante 2018 -fue de 30,6%- con la tasa de interés del Banco Nación, que paga 71,77% por año, y 100,82% en caso de la tasa efectiva.
El decreto argumenta sobre la necesidad de modificar el artículo 12 de la ley que establece cuál será el ingreso base para calcular el monto de las indemnizaciones por incapacidad laboral definitiva o muerte del trabajador: “No obstante el propósito tenido en vista por el legislador, la manera en que ulteriormente evolucionaron las variables macroeconómicas que inciden en las tasas bancarias, ha determinado que ese método de ajuste no alcance el fin pretendido y comprometa la estabilidad y continuidad del sistema instituido en beneficio de los trabajadores”, dice el decreto.
“Actualmente el rendimiento financiero de los activos de la industria aseguradora es del orden del 42% promedio, mientras que la tasa de interés vigente para las indemnizaciones por contingencias previstas en la Ley N° 24.557 y sus modificaciones, asciende a niveles cercanos al 90%”, indica la nueva norma.
“Además del referido desequilibrio sistémico, el ajuste de las obligaciones de las Aseguradoras mediante la aplicación de tasas financieras ha llevado a desnaturalizar los derechos de los trabajadores beneficiarios del sistema, haciendo que las indemnizaciones que les corresponden, legalmente orientadas a la finalidad reparadora de los daños sufridos por ellos, generen rendimientos financieros disociados del daño a reparar y ajenas al propósito que inspira la norma”, sostiene el decreto.
Mara Bettiol, presidenta de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), le dijo a Clarín que la finalidad del decreto es «garantizar los derechos de los 10 millones de trabajadores cubiertos». «Resulta obvio que no se puede indemnizar con tasas superiores al 100%, como venía ocurriendo hasta hoy, porque no hay rendimiento productivo ni financiero que genere esas rentas ni un inversor institucional como las ART que puedan legalmente acceder a ellas. De continuar esta política, el sistema ART se desfinancia, colapsando y dejando desprotegidos a los 10 millones de trabajadores», concluyó Bettiol.