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Hijos recién nacidos de afiliados obligatorios podrán darse de alta en el Iosper

Con sólo presentar el testimonio de nacimiento otorgado por el sanatorio, los hijos recién nacidos de afiliados obligatorios, se podrán dar de alta en el Iosper, mientras dure la cuarentena y el asueto administrativo. Así lo informó el presidente de la obra social, Fernando Cañete.

El funcionario se refirió a la medida del gobierno nacional, que dispuso que todos los hijos de afiliados a obras sociales y prepagas nacidos a partir del 20 de febrero de este año, deberán acceder a la cobertura médica de sus padres de manera excepcional y provisoria durante la cuarentena obligatoria por la pandemia de coronavirus.

Los afiliados obligatorios padres del recién nacido podrán hacer el trámite de forma simple y sin presentar el Documento Nacional de Identidad del bebé, que actualmente no se puede tramitar porque las oficinas públicas están cerradas”, aclaró.

La resolución, publicada este jueves en el Boletín Oficial, establece que todos los agentes del seguro de salud y las entidades de medicina prepaga “deberán incorporar, de manera provisoria y por el término de hasta 45 días posteriores a la finalización del período de aislamiento social, preventivo y obligatorio” a todos “las hijas e hijos de afiliadas y afiliados titulares nacidos a partir del 20 de febrero de 2020, con la sola acreditación del nacimiento y parentesco”.

Cañete agregó que, “en el caso de las solicitudes de afiliaciones por fallecimiento del cónyuge y mientras se encuentra en trámite la pensión, el trámite se podrá hacer con la sola presentación del certificado de defunción otorgado por el sanatorio”.

Además, precisó que las medidas se sostendrán “mientras dure la cuarentena obligatoria, dispuesta por el gobierno nacional”.

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