Provinciales

Entre Ríos trabaja en el reconocimiento de su patrimonio natural

La Secretaría de Ambiente de Entre Ríos presentó de manera virtual datos sobre el corredor de islas reconocidas legalmente como áreas naturales protegidas, ubicado sobre el río Uruguay.

Suman alrededor de 39.000 hectáreas. Se abordó la nueva ley para la zona y el proyecto de reconocimiento internacional.

Mediante una presentación virtual realizada el Día Mundial del Ambiente, el organismo ambiental provincial, dependiente del Ministerio de Producción, abordó la nueva ley para la zona insular del departamento Colón e información sobre la Convención Internacional de Humedales, además de rever la Ley 9.718 de la Reserva de los Pájaros y sus Pueblos Libres. Según estimaciones, se trata de una superficie cercana a las 39.000 hectáreas comprendidas por 38 islas ubicadas sobre el río mencionado, entre las ciudades de Colón y Gualeguaychú, pasando por la Isla del Puerto en Concepción del Uruguay.

La zona es de suma importancia para la nidificación de las más de 300 especies de aves que residen y visitan la zona, además de ser uno de los principales lugares elegidos para el ecoturismo, actividad que ha ido creciendo en los últimos años y se nutre del buen estado de conservación y de la abundante biodiversidad de esta parte del río.

Ubicado en el extremo norte del río Uruguay sobre la provincia de Entre Ríos, se encuentra el Parque Natural del departamento Colón denominado, por Ley 10.735, Parque del Río Uruguay que desde el 2019 lo declara Área Natural Protegida e incluye las islas General de Hornos (47has.), Florida (18has.), Pepeají (144has), Boca Chica (3has), Del Marinero (21has.), Banco de Caraballo (72has.) y Pelada (159 has.). Suman 464 hectáreas en total.

La presentación técnica del proyecto de reconocimiento en el Día del Ambiente estuvo a cargo del coordinador de la Regional Centro Este de la Administración de Parques Nacionales (APN), Guillermo Martín, y contó con el acompañamiento de la directora Nacional de Gestión Ambiental del Agua y los Ecosistemas Acuáticos del Ministerio de Ambiente de la Nación, Gabriela Gonzáles Trilla. Por Entre Ríos la charla fue coordinada por la subsecretaria de Ambiente, Valeria González Wetzel, y director de Áreas Naturales Protegidas, Alfredo Berduc.

Entre Ríos ya cuenta con dos certificaciones de importancia internacional sobre humedales que se encuentran en su territorio y que son de suma importancia para la biodiversidad y para el desarrollo sustentable de las comunidades locales.

Uno es el Sitio Ramsar Delta del Paraná y el otro es el Sitio Ramsar Palmar Yatay que abarca la cuenca del arroyo Palmar y el Parque Nacional El Palmar e incluye a los bancos del Caraballo.

La Convención sobre los Humedales Ramsar es un tratado intergubernamental cuya misión es “la conservación y el uso racional de los humedales mediante acciones locales, regionales y nacionales y gracias a la cooperación internacional, como contribución al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo”.

Estos sitios adquieren un nuevo estado a nivel nacional e internacional. Son reconocidos por ser de gran valor, no solo para el país o los países en los que se ubican sino para la humanidad en su conjunto.

Qué son los parques naturales

Según la Ley provincial 10.479, los parques naturales son las áreas no afectadas por la actividad humana, que tienen una determinada representatividad biográfica y significación ecológica. Básicamente intangibles, de estricta protección y rigurosa preservación de la naturaleza y con uso restringido de sus ambientes silvestres.

El objetivo es conservar el estado más prístino de sus ambientes y recursos naturales, paisajes y vida silvestre, la mayor parte de su superficie como área de protección y preservación estricta, y pequeños sectores afectados a un uso conservacionista, de recreación limitada y estrictamente regulada, con absoluta prohibición en cuanto al uso productivo extractivo de sus ambientes naturales.

Cuentan con dos tipos de zonas: la intangible cuyo valor biótico es prioritario respecto de sus bellezas escénicas; procesos naturales en su estado inalterable los recursos genéticos en su estado de evolución libre y dinámica y donde está prohibido cualquier actividad capaz de alterar el equilibrio ecológico, incluyendo el acceso del público. La zona protegida destinada a la atención al turismo es limitada, así como la instrumentación de aquellas acciones de excepción que resultaren indispensables para el manejo del área.

Todas las normativas citadas pueden consultarse de manera completa en la página web de la Secretaría de Ambiente (https://www.entrerios.gov.ar/ambiente/index.php?codigo=90&item=pagina_textos&menu=menu&modulo=&accion=). En adelante se dará continuidad al aporte de datos sobre el resto del corredor.

Las fotografías fueron aportadas por Charlie Adamson, Claudio y Guillermo Treboux quienes permiten vistas del Río Uruguay de un modo único.

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