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Rige la posibilidad de pagar tarjetas de crédito en cuotas

Aplica para el vencimiento de los resúmenes de las tarjetas de crédito operados entre el 20 de marzo y el 12 de abril, que habían sido trasladados al 13 de abril, sin generar intereses resarcitorios.

Desde este lunes rige la medida anunciada por el Banco Central, según la cual las entidades del sistema financiero deben refinanciar en forma automática los saldos impagos de tarjetas de crédito a un año de plazo con 3 meses de gracia, 9 cuotas mensuales, iguales y consecutivas y una tasa nominal anual de 43% (que no es lo mismo que el Costo Financiero Total, que será mayor).

En el actual contexto de emergencia por la pandemia de coronavirus, la medida del Banco Central dispone que los clientes que opten por no pagar el total del vencimiento no deberán realizar trámites para acceder a este beneficio.

El vencimiento de los resúmenes de las tarjetas de crédito operados entre el 20 de marzo y el 12 de abril ya habían sido trasladados al 13 de abril, sin generar intereses resarcitorios, por comunicación del Banco Central.

De acuerdo a la norma, estos saldos «deberán ser automáticamente refinanciados, sin necesidad de trámite alguno por parte del titular de la cuenta».

Para ello, los bancos emisores de los plásticos deben ofrecer «al menos tres meses de gracia y 9 cuotas fijas de tal manera, las cuotas comenzarán a pagarse en agosto a un valor de 147 pesos por cada 1.000 pesos refinanciados».

Esos saldos refinanciados podrán ser precancelados total o parcialmente en cualquier momento y sin costo «excepto el interés compensatorio devengado hasta la precancelación» cuando el cliente lo requiera.

La circular del BCRA dispuso además una reducción a 43% (hoy establecido en 49 %), con vigencia a partir del 13 de abril, de la tasa nominal anual por interés compensatorio máxima que las entidades financieras pueden percibir por los saldos financiados en tarjetas de crédito.

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