Provinciales
Entre Ríos: Recomendaciones para actividades recreativas y navegación deportiva
Con el comienzo de la temporada de verano, la Prefectura Naval Argentina recomienda a los bañistas, navegantes y deportistas náuticos tomar medidas preventivas para garantizar la seguridad en las zonas balnearias y en las aguas.
BAÑISTAS:
- Respetar la cartelería y las advertencias existentes en cada sector.
- Concurrir sólo a lugares habilitados que posean servicio de Guardavidas.
- No ingresar al agua si las condiciones del río no son apropiadas (condiciones hidrometeorológicas desfavorables, aguas sucias o contaminadas, excesiva presencia de raigones, camalotes o troncos, etc.).
- En caso de ir con niños a los lugares habilitados, evite que ingresen al agua sin la presencia de un mayor que pueda cuidarlos y controlarlos.
- No permanecer, transitar o nadar en los lugares habilitados para ascenso y descenso de embarcaciones (bajadas náuticas), prácticas de deportes náuticos o pesca.
- Acatar las indicaciones del personal de Prefectura interviniente en los operativos de control.
EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y MOTOS DE AGUA:
- Usar siempre el chaleco salvavidas y demás elementos de seguridad reglamentarios.
- Contar con la correspondiente habilitación náutica expedida por la Prefectura (carnet de timonel).
- Impedir que conduzcan menores no habilitados.
- Evitar navegar en condiciones de escasa visibilidad o desconociendo el pronóstico meteorológico.
- Respetar las zonas de navegación establecidas por la Prefectura y nunca navegar en proximidad de bañistas u otras embarcaciones.
- En proximidad de muelles, amarraderos o fondeaderos navegar a una velocidad tal que no ponga en riesgo las embarcaciones que naveguen próximas, se hallen amarradas o fondeadas.
- Evitar navegar en horarios nocturnos debiendo, en caso de hacerlo, extremar la atención en particular respecto de señales luminosas y acústicas previstas en el Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes.
- No conducir su embarcación si ha consumido bebidas alcohólicas en un valor superior 500 miligramos por litro de sangre. Siendo el valor máximo permitido de 200 miligramos por litro de sangre para artefactos acuáticos tipo moto de agua o jet ski.
- No transportar más personas de las que se indica en la placa del fabricante de la embarcación.
- Verificar que se encuentren a bordo el Certificado o Constancia de Matrícula de la embarcación y la autorización de uso otorgada por el propietario de la misma a quien la conducirá, en caso de que este no sea el titular.
KAYAKS:
- Usar siempre el chaleco salvavidas y los demás elementos de seguridad reglamentarios exigidos en la Ordenanza Nº 03/17 DPSN (linterna o farol de luz blanca todo horizonte cuando se navegue en horario nocturno un balde o achicador, una boza de cabo resistente de longitud mínima igual a la eslora del bote afirmada a la proa y silbato).
- Conocer el pronóstico meteorológico antes de la zarpada.
- Verificar que el casco no presente vías o ingresos de agua.
- Contar con un remo adicional a bordo y cabo de rescate.
- Remar alejado de buques y/u otro tipo de embarcaciones a motor.
- En caso de vuelco nunca abandonar el kayak, ya que este siempre posee reserva de flotabilidad.
- Se recomienda a los menores de 18 años navegar siempre acompañados por mayores.
- No transportar más personas de la capacidad habilitada según lo indicado en la placa del fabricante de la embarcación.
TABLAS A VELA:
- Usar siempre el chaleco salvavidas, cabo de seguridad y demás elementos de seguridad reglamentarios.
- Navegar siempre en pareja, con luz diurna y en áreas habilitadas por la Prefectura interviniente.
Ante cualquier emergencia comunicarse al teléfono 106 “Emergencias Náuticas”