Provinciales
Cuánto cobrarán los docentes por el Fondo Provincial de Incentivo y Conectividad
A través de la Resolución N° 2904/24, el Consejo General de Educación (CGE) dispuso los lineamientos para el pago del Fondo Provincial de Incentivo Docente (Fopid) y Complemento Provincial de Conectividad.
La semana pasada el gobierno entrerriano creó por decreto que lleva el Nº 2.754, el Fondo Provincial de Incentivo Docente (Fopid) y el Complemento Provincial de Conectividad, a través de los cuales se hace cargo de los ítems que dio de baja el Gobierno Nacional.
Este martes, se confirmó que por disposición del gobernador Rogelio Frigerio, estos ítems se pagarán por planilla complementaria este jueves 10 de octubre.
«Con recursos provinciales y haciendo un gran esfuerzo, el gobierno entrerriano recompone el salario docente tras el fuerte impacto por la eliminación del Fondo Nacional de Incentivo Docente (Fonid) y Conectividad dispuesto por el gobierno nacional. De esta manera, la provincia da respuesta a uno de los principales reclamos de los docentes», expresaron las autoridades provinciales.
Asimismo, y a través de la Resolución N° 2904/24, que se dio a conocer este miércoles, el Consejo General de Educación (CGE) dispuso los lineamientos para el pago del Fondo Provincial de Incentivo Docente (Fopid) y Complemento Provincial de Conectividad.
En dicha normativa se establecen los montos que percibirán los docentes y los requisitos para acceder a los adicionales.
«Fondo Provincial de Incentivo Docente» (FOPID)
Se abonará un adicional de $ 33.200 por jornada simple y $ 66.400 por jornada doble.
En cuanto a las condiciones de asignación la normativa establece lo siguiente:
El adicional se otorgará exclusivamente a aquellos docentes que desempeñen funciones en cargos u horas cátedra en instituciones educativas públicas y públicas de gestión privada con aporte estatal, excluyéndose del pago a aquellos agentes que se desempeñen en organismos públicos no educativos, incluyéndose dentro de dicha exclusión, a las Direcciones Departamentales de Escuelas
Quedarán comprendidos además, aquellos docentes que se desempeñen con cargos de conducción escolar, supervisión de cualquier nivel y modalidad, como también la supervisión técnica.
Se excluirá expresamente para el pago al personal «técnico docente» que se desempeñe para el Consejo General de Educación, como también el personal con Licencia Gremial, personal adscripto o afectado, en cualquiera de sus cargos,
Ningún docente podrá percibir más de dos incentivos completos, siendo este el tope para su liquidación.
«Complemento Provincial de Conectividad» (CPC)
En este adicional, los montos a abonar son de $ 24.800 por jornada simple y $ 49.600 por jornada doble.
Se expresa que este adicional se otorgará “exclusivamente a aquellos docentes que desempeñen funciones en cargos u horas cátedra en instituciones educativas públicas y públicas de gestión privada con aporte estatal, excluyéndose del pago a aquellos agentes que se desempeñen en organismos públicos no educativos, incluyéndose dentro de dicha exclusión, a las Direcciones Departamentales de Escuelas”.
Quedarán comprendidos además, “aquellos docentes que se desempeñen con cargos de conducción escolar, supervisión de cualquier nivel y modalidad, como también la supervisión técnica”.
“Se excluirá expresamente para el pago al personal «técnico docente» que se desempeñe para el Consejo General de Educación, como también el personal con Licencia Gremial, personal adscripto o afectado, en cualquiera de sus cargos”.
“Ningún docente podrá percibir más de dos incentivos completos, siendo este el tope para su liquidación”.