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Calendario escolar: El CGE fijó dos fechas para el cierre del ciclo lectivo
A través de una resolución, el Consejo General de Educación dispuso dos fechas de finalización del ciclo lectivo 2020, teniendo en cuenta las trayectorias escolares de los estudiantes. También fijo plazos para la recuperación de saberes.
El Consejo General de Educación (CGE) elaboró la resolución N° 2612, fechada el martes 6 de octubre, en la cual contempla cómo se continuará con el calendario escolar, teniendo en cuenta que restan los últimos meses del ciclo lectivo 2020, que este año fue sin concurrencia a las aulas debido a la pandemia del coronavirus.
La norma contempla tres realidades por la que atravesaron los estudiantes entrerrianos como producto de la no presencialidad de las clases tras la declaración de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.
En ese sentido, dispuso que aquellos estudiantes que pudieron completar las trayectorias en forma ordenada mediante la no presencialidad y a través de clases virtuales concluirán el ciclo lectivo el 30 de noviembre; mientras que aquellos que vieron complicada la continuidad pedagógica seguirán con apoyo especial de los docentes hasta el 16 de diciembre y abre la posibilidad de clases presenciales.
Además, la Resolución que apunta a «recuperar las trayectorias escolares discontinuas de los y las estudiantes» contempla un tercer grupo de alumnos: aquellos que no tuvieron contacto alguno con la escuela desde el inicio de la pandemia el pasado 16 de marzo. Para este caso, planteó que los estudiantes no repetirán de año sino que deberán volver a inscribirse en 2021 en el mismo grado que debieron cursar en 2020.
En ese marco, el CGE dispuso que las escuelas implementen una serie de medidas como la reorganización de sus contenidos, priorizando «aquello que se considere altamente formativo, por sobre lo meramente escolar, seleccionando lo fundamental, contemplando la priorización y secuenciación de contenidos de cada ciclo, la coordinación intraciclos, la posibilidad de producir diversos agrupamientos al interior de un ciclo con fines específicos de enseñanza, la explicitación de los núcleos centrales de las disciplinas y/o áreas para producir aprendizajes significativos, el reconocimiento de las condiciones de heterogeneidad existentes en el punto de partida para generar condiciones de mayor igualdad».
Deberán, además, realizar un análisis de la situación institucional para identificar a estudiantes que, habiéndose inscripto, «no han participado en las actividades programadas o han sostenido trayectorias discontinuas, especificando los grados/cursos y espacios de la estructura curricular en los que se evidencian los mayores porcentajes de estudiantes en situación de riesgo educativo».
Las escuelas deberán entregar «el último informe evaluativo conceptual a las familias y estudiantes, especificando la aprobación del grado o de los espacios curriculares de la educación secundaria a quienes durante la no presencialidad han adquirido las capacidades, competencias y saberes planificados».
Luego del 30 de noviembre, los docentes deberán enfocarse en los alumnos «que no han participado en las actividades curriculares o que no han alcanzado las capacidades, competencias y saberes prioritarios acordados de quienes, habiéndolo hecho, han demostrado dificultades».
Instancias de recuperación de saberes
Se dispuso, por ello, que la primera instancia de recuperación de saberes sea del 1° al 23 de diciembre. La segunda se extenderá entre febrero y marzo, mientras que la tercera instancia de recuperatorios irá del 5 al 9 de abril ?al 30 en el caso de los estudiantes que finalicen el nivel- y será a través «de un dispositivo específico, con análisis y acompañamiento extracurricular».
Promoción acompañada
La resolución plantea una «promoción acompañada» que consiste en el seguimiento pedagógico respecto del proceso de apropiación pedagógica y acreditación de saberes por parte del docente hacia los estudiantes, y abarca al período que va de noviembre de2020 y continúa durante 2021.
Reingreso
En su articulado, la norma también contempla el reingreso y no la repitencia de aquellos alumnos que mantuvieron el vínculo y no han acreditado ningún espacio, para quienes se plantea la reincorporación «al nivel educativo o modalidad en la que se inscribieron en el presente año».
Calificación de la trayectoria escolar
Por último, se dejó constancia que como consecuencia de la «no presencialidad», los estudiantes «han sido evaluados con valoraciones y apreciaciones cualitativas. Para cumplimentar el título analítico del nivel secundario se completará cada especio curricular aprobado con ´Aprobado´».
Fuente: APFDIGITAL.