A partir de octubre rigen cambios obligatorios en los regímenes de retenciones en Ingresos Brutos

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Durante los meses de agosto y septiembre, a través de la resolución 234/24, se establecieron 60 días de plazo para tomar conocimiento y adecuar los sistemas informáticos de las empresas a las nuevas prácticas.

Por tanto, a partir de octubre entran en vigencia los cambios establecidos para los agentes de retención, dispuestos en la resolución 208/24 ATER (en julio pasado).

La medida armoniza la normativa con los regímenes tributarios de otras jurisdicciones a partir del reordenamiento normativo, corrigiendo situaciones de saldos a favor. También, adecúa algunas alícuotas vigentes disminuyendo paulatinamente la presión fiscal.

Por otra parte, facilita y simplifica la actuación de los agentes de Retención y Percepción a partir de la publicación mensual en la web de la ater ( www.ater.gob.ar ), de un padrón con las alícuotas aplicables a cada contribuyente.

A su vez, desde agosto se dispuso la publicación mensual del monto mínimo no sujeto a retención.

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