Política
Alquileres: más del 60% de los contratos no están declarados
En las inmobiliarias explican que gran parte de los propietarios rechazan el pago de más impuestos. Son parte de una clase media que vive al día. Quiénes deben registrar su contrato de alquiler en la AFIP
En un paso más de intervención del Estado en el mercado inmobiliario, la reglamentación del registro de alquileres que se publicó ayer en el Boletín Oficial provocará el efecto contrario al supuestamente buscado. En lugar de beneficiar a los inquilinos, estos serán los principales perjudicados por la disminución de la oferta de vivienda y el aumento de los valores para rentar una propiedad. Así se desprende de todas las declaración de especialistas en el tema durante la jornada de ayer. “Es de esperar que en los nuevos contratos, el propietario decida trasladar al valor del alquiler, una cifra similar a lo que tenga de pagar del Impuesto a las Ganancias por lo que el perjudicado real será el inquilino que tendrá menos oferta y más caras, porque muchas unidades saldrán del mercado” señaló Claudio Vodanovich, secretario general de la Cámara Inmobiliaria Argentina.
El razonamiento del directivo es lógico y simple. Pero más allá de este concepto de cómo funcionan la oferta y demanda, el debate por esta reglamentación esconde un problema de fondo que es la resistencia de los contribuyentes a seguir viendo cómo se incrementan sus obligaciones impositivas frente a un uso discrecional de los fondos públicos. Más si se tiene en cuenta que la mayoría de los dueños de inmuebles en alquiler pertenecen a sectores de la clase media que invirtieron sus ahorros en “ladrillos”.
Cuando se habla con operadores del sector en off, se tiene un panorama más claro de lo que sucede. “Se cree que son millonarios con decenas de propiedades” señalaron en el sector. Según un relevamiento realizado por Ámbito en más de diez inmobiliarias, más del 60% de los contratos que se realizan no están declarados. Si bien interviene una inmobiliaria, la obligación de “blanquear” el acuerdo ante la AFIP corre por cuenta del propietario o, en caso de requerirlo, por pedido del inquilino. “Nosotros no sabemos oficialmente qué hace el propietario, sólo podemos intuir lo que sucede por experiencia”, explicó un inmobiliario. Es decir que, según la “intuición” de los empresarios, seis de cada diez contratos terminan fuera del control estatal. Estas operaciones conforman el total de 1.760.000 contratos que, aproximadamente, se formalizan por año en los principales centros urbanos del país que representan 90% de los alquileres, según informó Vodanovich. De esta manera, se podría estimar que alrededor de un millón de contratos tendrían que regularizarse. Está claro que habría que descontar los firmados antes del 1 de julio de 2020. A esto hay que sumarle una cantidad imposible de estimar de acuerdos entre propietarios e inquilinos que no pasan por una inmobiliaria. Tantos unos como otros buscan escapar del radar del organismo fiscal.
La explicación que ofrecen en las inmobiliarias es que la gente resiste a sostener con más impuestos a un Estado que no le devuelve prestaciones acordes a su esfuerzo. “Hay muchos casos de gente mayor que, además de aportar durante décadas, logró a lo largo de su vida comprar una o dos propiedades para renta y, de esa forma, sumar a una jubilación magra que no le permitiría vivir dignamente. Con esa plata tiene que mantenerse y, en muchos casos, pagar una prepaga porque el sistema de salud público, por ejemplo, es deficiente. Esta persona no quiere saber nada de registrar sus alquileres porque teme que el Estado se lleve parte de ese ingreso extra que tiene…”, comentó el dueño de una inmobiliaria.
Historias similares se repiten en los relatos de los empresarios del sector y el cuestionamiento al manejo de los fondos públicos que se recaudan, es un denominador común. Así lo definió un veterano hombre del sector: “El manejo arbitrario de los fondos públicos está generando una rebelión fiscal. No está bien, pero es lo que pasa. Es difícil manejarse en un país donde prima la idea de que el que no es pobre, es rico.”
Quiénes deben registrar su contrato de alquiler en la AFIP
A partir del 1 de marzo entra en vigencia el Régimen de Registración de contratos de locación de Inmuebles en AFIP (Ley 27.551) lo que implica que los propietarios de inmuebles destinados a vivienda, a turismo, inmuebles rurales o comerciales deberán registrar el contrato de locación.
Qué contratos con los que deberán suscribirse en la AFIP
Específicamente la normativa sostiene que los contratos alcanzados por el régimen son: a) locaciones de bienes inmuebles urbanos b) arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales c) Locaciones temporarias de inmuebles –urbanos o rurales- con fines turísticos, de descanso o similares d) Locaciones de espacios o superficies fijas o móviles -exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles como locales comerciales y/o “stands” en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras, etc.
Qué personas están obligadas
Desde el primero de marzo están las personas que están obligados a suscribirse son los locadores, arrendadores, sublocadores y subarrendadores, y en caso de haber intermediarios (corredores, inmobiliarios, escribanos) que los representen. En el caso de los inquilinos podrán informar la forma voluntaria un contrato.
Las entidades u organismos del Estado nacional, de las provincias, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios que actúen como titulares del inmueble, no están obligadas a suscribir el contrato en la AFIP.
Hasta cuándo hay tiempo de suscribir los contratos en la AFIP
Los contratos alcanzados son aquellos que se realizaron a partir del 1 de julio de 2020. Los contratos que se efectuaron entre julio de 2020 y marzo de 2021 tienen tiempo de inscribirlo hasta el 15 de abril de este año.
(Ámbito).