Política

El Gobierno reglamentó la nueva fórmula de movilidad jubilatoria

Desde marzo, las jubilaciones se actualizarán con una fórmula que combina en un 50% la recaudación de la Anses y en otro 50% la variación salarial.

El Gobierno reglamentó la nueva fórmula de movilidad jubilatoria. Según lo dispuesto, desde marzo las jubilaciones se actualizarán con una fórmula que combina en un 50% la recaudación de la Anses y en otro 50% la variación salarial, surgida de la que resulte más alta entre las medidas por el INDEC y el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) del Ministerio de Trabajo.

La publicación del decreto 104/2021 en el Boletín Oficial. que lleva la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el ministro de Trabajo Claudio Moroni y su par de Economía, Martín Guzmán, también se refirió al cálculo de la Prestación Básica Universal (PBU).

Señaló que a partir del primero de marzo el monto del haber mensual será el que resulte de aplicar a $8.707,78 el incremento por movilidad correspondiente a ese mes.

El INDEC adelantó este mes la fecha de difusión del Índice de salarios con el objetivo de proporcionar información para calcular el índice trimestral de movilidad previsional establecido en la Ley N° 27.609.

La fecha prevista originalmente era para el 26 de febrero, pero se realizó el 10 de febrero para que se pueda realizar el cálculo.

El último informe oficial dado a conocer por el instituto señaló que el Índice de Salarios total creció 1,8% en diciembre último respecto de noviembre, como consecuencia de la suba de los salarios registrados del 1,9% y un aumento en los salarios del sector privado no registrado de 1,2%.

La ANSES elaborará y aprobará el índice trimestral de movilidad y luego realizará su posterior publicación, subrayó la ley.

El nuevo indicador de ajuste trimestral será usado para actualizar los ingresos de 18 millones de personas, entre las que perciben jubilaciones, pensiones, la Asignación Universal por Hijo (AUH), asignaciones familiares, pensiones no contributivas, y pensión al adulto mayor.

Fuente: Ámbito.com

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